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Teología política

En la obra “Teología política” de Carl Schmitt nos encontramos con dos escritos consagrados de este autor. La temática que tratan es de enorme alcance para la sociedad actual. De ahí la necesidad de esta reseña para con ello invitar a su lectura.

En el primer escrito, de 1992, el tema principal es el de la soberanía política. En él asume la analogía entre la noción política de soberanía y la noción teológica de la divinidad omnipotente. Sobre ello, el autor establece que el soberano es el único capaz de decidir en el Estado de excepción con vistas a garantizar el orden social. Por otra parte, el segundo ensayo (de 1969), es una réplica de Schmitt a la posición de Erik Peterson. Éste en su trabajo “El monoteísmo como problema político” había pretendido probar la imposibilidad de una teología política.

En el conjunto de ambas obras, se exponen la teología política de un autor que nos lega un documento central para la vida intelectual europea. Con ella alcanza el problema de la legitimidad de la Modernidad. Pero también a la discusión nada nimia sobre el proceso de secularización. Esto nos obliga a interrogarnos por los fundamentos últimos del orden social desde una perspectiva crítica.

Conceptos políticos y teológicos, el problema.

En cuanto a las ideas expuestas en estos textos, cabe empezar recordando que en el primer escrito encontramos su célebre afirmación:


“Todos los conceptos centrales de la moderna teoría del Estado son conceptos teológicos secularizados”

Teología política, Carl Schmitt

En esta sentencia queda condensado gran parte del problema que protagonizan estas páginas. De dicha afirmación se desprenden dos cuestiones a señalar sobre el asunto. La primera sería el “problema de la trasferencia”. Según el cual los conceptos políticos modernos provienen de conceptos históricamente teológicos que han sido secularizados. La segunda alude más a la estructura. Esta implica que los conceptos políticos son conceptos teológicos secularizados porque ocupan un lugar análogo a los que ocupaban estos en el orden social.

Con ello parece establecerse una relación entre la teología y la política por “una doble vía”. En el sentido tanto histórico como estructural. En cuanto a la primera perspectiva, el repaso histórico nos permitirá aclarar el origen de los conceptos e interrogarnos por su desarrollo. Mas en cuanto a la segunda, será objeto de mayor desarrollo en la obra.

Y es que esta última implicaría en cierta manera que la realidad se estructura de una determinada forma. Y también, que a partir de dicha estructura hay ciertos “lugares” que han de ser ocupados con necesidad. Esto significaría  además que tales “espacios” antes ocupados por figuras religiosas, en la modernidad lo son por las políticas.

En definitiva, si antes Dios ocupaba el lugar de fuente de poder absoluto, ahora ese lugar debe ser ocupado por una instancia terrenal. Con ello se entiende que si Dios ha sido destronado, no ha ocurrido así con el lugar que ocupaba en la organización social.

En este sentido es en el que según Schmitt la teología política tendrá como objeto analizar la correspondencia entre los conceptos jurídico-políticos de una época, con los conceptos metafísicos de esa misma.

Correspondencia entre metafísica y política

Para entrar a analizar el asunto, el autor procederá a desplegar paralelismos entre “imágenes metafísicas del mundo” y formas de organización política. Con ello pretende sostener su argumento de que existe una correspondencia entre conceptos como los de soberanía y dios trascendente.

Ahora bien ¿Tienen estas analogías un carácter puramente descriptivo de los procesos llevados a cabo en la modernidad? ¿O de ellas surge una prioridad de un modo de entender lo político?

En el desarrollo de tales ideas Schmitt nos presenta una “línea evolutiva” de los procesos afines de la modernidad. Ésta tiende hacia la desaparición de las ideas trascendentes y con ellas de la de soberanía. Dicha aportación parecería que sitúa a la teología política como un proceso hermenéutico para interpretar el pensamiento moderno. Pero avanzada la lectura esta idea no es tan evidente. Pues, Schmitt parece entender que la teología política implica también una comprensión específica de la realidad humana.

En definitiva, su argumento nos muestra dos dimensiones. Una que da cuenta de los distintos modos de articulación entre lo teológico y lo político en la modernidad. Y otra que apunta a profundizar en los fundamentos de lo político. En esta segunda línea, la teología política no describiría simplemente la evolución entre la relación de ambos ámbitos en la época moderna (refiriéndonos a lo teológico y lo político). Además de ello, establecería que existe un modo en el que dicha correspondencia tiene mayor adecuación con la realidad.

Pero la importancia de la teología política no se reduce a estos dos aspectos. También destaca la secularización en la obra de Schmitt como una categoría que le permite desafiar la concepción que tenemos de la modernidad como el “comienzo” de una etapa independiente. Además la misma categoría se ve atacada como proceso en cuanto que no liquida (a su parecer) las relaciones entre teología y política.

El problema de la secularización

De lo expuesto se deduce que para Schmitt el proceso de secularización lleva implícita una paradoja. Y esta es que las instituciones y conceptos modernos derivan del ámbito sagrado. Esto supone que la modernidad no es plenamente autónoma. Algo que se suele entender desde perspectivas como la ilustrada. Supone entonces más que un nuevo comienzo, una traducción y recolocación del aparato teológico tradicional.

No obstante, este desplazamiento implica una forma de ruptura si no con las formas, sí con la sustancia. Desde esta perspectiva, entonces, la teología política se entiende en cuanto a que existe esa discontinuidad en la sustancia y una continuidad en la forma.

A lo que nos lleva a pensar esto es a que la política se da sobre la ausencia de unos fundamentos teológicos. Es esta una idea muy relevante para la política moderna, en cuanto que el orden social adquiere así cierto carácter precario. De ahí la importancia de estudios sobre el asunto. Así, la teología política no trataría solo de entender lo político en un sentido general, sino que ilustraría el modo de ser de la política moderna explicando el origen de las categorías de las que esta hace uso.

Política moderna como política teológica

Sabido que para Schmitt los conceptos modernos tienen cierto “carácter teológico”, a medida que nos presenta las referidas analogías entre ambos aspectos nos permite el autor reconocer una misma estructura sistemática, compartida por la teología y la teoría del Estado. Este principio en común permite reconocer las afinidades estructurales entre el Dios de la teología y el legislador de la política, o entre el milagro que suspende las leyes naturales y el estado de excepción que irrumpe en el orden jurídico vigente.

De este modo, Schmitt llama a reconocer que la forma política moderna es afín a la teología. Y esto se dará con total independencia del contenido que adopten las decisiones y orden resultante. En suma, la política moderna es teológica no en virtud de su adecuación a una doctrina religiosa concreta, sino en virtud de una homología puramente estructural, sistemática y formal.

Desde esta perspectiva además, el poder del Estado es legítimo en tanto lo determina el derecho. Mas en este punto es de necesaria advertencia recordar que Schmitt no entenderá por “derecho” meramente un conjunto de leyes.

Derecho metapositivo

Según Smith, el derecho en su sentido último implica aquella distinción de lo bueno y lo justo, que legitima la ordenación en cuestión. No se dará tal ordenación sin distinguir qué es lo normal y qué cae fuera de ello. Se llega así a una definición de Estado de Derecho diferente a la liberal-positivista.

Para el autor, el Estado de derecho no será la igualación de este con un conjunto de normas positivas a nivel jurídico. En su lugar señalará que no hay Estado sin una idea jurídica por la que quede determinado. Esto le aporta una dimensión “metapositiva”.

Llegados a este punto, el problema vira hacia el de la realización. En tanto que el derecho pertenece según esta propuesta a un conjunto de ideas (con cierto tinte metafísico), este no puede realizarse a si mismo. Así, es posible decir que el Estado necesita del derecho. Pero al mismo tiempo que el derecho en tanto no realizable a si mismo, necesita del Estado. Con lo cual nos enfrentamos a que si bien la idea jurídica es anterior y determinante, su contenido ha de verse positivizado.

Ese momento de realización del derecho se acometerá mediante un acto de decisión soberana. Pero será en este concepto de soberanía donde radica una de las mayores problemáticas a tratar sobre el asunto.

Soberanía

Si en este punto volvemos al comienzo del primer texto y recuperamos una de las primeras afirmaciones veremos todo el sentido de la misma. En él dice Schmitt para comenzar la obra:


“Soberano es quien decide sobre el estado de excepción”.

Carl Smith, Teología política.

El estado de excepción se convierte así en una preocupación esencial en el texto. Pero ¿a qué se refiere Schmitt con esta expresión? La excepción supone aquello que no se puede prever. Se trata de un conflicto que no es posible predecir de antemano, y para el cuál entonces no hay normas que determinen la actuación a llevar a cabo. De entonces que el concepto soberanía no pueda remitir a una norma, sino que su sentido último se encuentra en un caso como este.

De este carácter no previsible por las normas generales se derivará que el orden jurídico como conjunto de normas positivas que delimita lo permitido y lo prohibido, no tiene posibilidad de anticiparse al caso excepcional. Será entonces la decisión soberana la que, demostrando ser autónoma de la norma, ha de enfrentarse a la excepción que lo amenaza. Con ello, la decisión escapa a las normas positivas que rigen el Estado, mas con la paradójica intención de asegurar su mantenimiento.

Estado: algo más que un conjunto de normas

Desde este punto de vista, toda ordenación jurídica tendrá entonces dos dimensiones: la decisión y la norma. Es por ello que, si el Estado quiere mantenerse, debe entenderse como algo más que un conjunto de normas jurídicas.

En definitiva, mientras autores como Kelsen (al que el propio Schmitt analiza en estas páginas) identifican Estado y normas. Schmitt mantiene una separación entre este y el orden jurídico, precisamente con objeto de garantizarlo. Desde su perspectiva, quienes afirmen una identidad del tipo de Kelsen, ignoran la existencia del elemento “metapositivo”. Con ello olvidan que el Estado apunta hacia una idea de derecho y que para dar realización a este punto se hace necesario alguien que lo interprete (el soberano).

Así pues, la realización del derecho, en cuanto este no es autosuficiente, remite en última instancia a la decisión soberana. Siendo el soberano el que decide en el caso de excepción, tal y como apunta al principio.

En definitiva, la Teología política de Carl Schmitt es protagonista de múltiples interpretaciones. Pero todas comparten la sensación de que es especialmente productiva en cuanto a las relaciones entre lo teológico y lo político. El tratamiento schmittiano de nociones como la de orden jurídico y orden concreto, decisión y soberanía, son fuente de una importante reflexión en torno a la fisionomía contemporánea de la política. Así el discurso presente no nos es ajeno, sino esencial para comprender las fisuras de la política actual.

Raquel Moreno Lizana.

adorno raquel moreno

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